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II.1o.C.167 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

SUSPENSIÓN DE PAGOS. RESOLUCIÓN QUE RESERVA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS, NO ES RECLAMABLE EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Septiembre de 1998; Pág. 1214

Precedentes

Amparo directo 1509/97. Banco del Centro, S.A. 6 de agosto de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Romero Vázquez. Secretario: José Fernando García Quiroz.

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