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1a./J. 47/98 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

ARRAIGO. EL PREVISTO PARA EL PROCEDIMIENTO DE QUIEBRA NO PUEDE ENTENDERSE APLICABLE TAMBIÉN PARA EL DE SUSPENSIÓN DE PAGOS.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Septiembre de 1998; Pág. 131

Precedentes

Contradicción de tesis 87/97. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo del Décimo Noveno Circuito. 5 de agosto de 1998. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: José Antonio Sánchez Castillo. Tesis de jurisprudencia 47/98. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de diecinueve de agosto de mil novecientos noventa y ocho, por unanimidad de cuatro votos de los Ministros presidente Humberto Román Palacios, José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausente: Juventino V. Castro y Castro.