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I.1o.C.17 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

REMATES, SUPLETORIEDAD IMPROCEDENTE DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, TRATÁNDOSE DE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Septiembre de 1998; Pág. 1204

Precedentes

Amparo en revisión 391/97. José Luis Aguilar Lugo. 26 de febrero de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Luz María Perdomo Juvera. Secretario: José Carlos Viveros Gutiérrez. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V, abril de 1997, página 278, tesis I.7o.C.9 C, de rubro: " REMATES, EL ARTÍCULO 584 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL NO ES SUPLETORIO DEL CÓDIGO DE COMERCIO TRATÁNDOSE DE .". Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 143/2008-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 134/2009, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, marzo de 2010, página 647, con el rubro: " REMATE EN MATERIA MERCANTIL. CUANDO NO SE FINCA EN LA SEGUNDA ALMONEDA, EL ARTÍCULO 584 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL NO ES SUPLETORIO DEL CÓDIGO DE COMERCIO ."