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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/195632

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 21 de agosto de 2013, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 130/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.9o.T.92 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
195632
Clave de tesis
I.9o.T.92 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Septiembre de 1998; Pág. 1163

EXCEPCIONES CONTRADICTORIAS. LO SON LAS DE RENUNCIA O ABANDONO DEL EMPLEO Y LA DE RESCISIÓN SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Septiembre de 1998; Pág. 1163

Precedentes

Amparo directo 7849/98. Grupo Nacional Provincial, S.A. 5 de agosto de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso. Secretario: Ricardo Castillo Muñoz. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 157-162, Sexta Parte, página 78, tesis de rubro: " EXCEPCIONES CONTRADICTORIAS EN MATERIA LABORAL .". Nota: Por ejecutoria del 21 de agosto de 2013, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 130/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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Registro digital (IUS): 195632