VI.3o.21 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES, OFRECIMIENTO Y ADMISIÓN DE PRUEBAS. CONSTITUYE UNA UNIDAD.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Agosto de 1998; Pág. 827
La audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas si bien es cierto que está dividida en tres etapas, también lo es que se trata de una sola audiencia, tan es así que se señala día y hora para la celebración de la audiencia completa y no día y hora para la celebración de cada una de las etapas.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 19/98. Eugenio Velazco Delgado. 11 de junio de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Norma Fiallega Sánchez. Secretario José Manuel Torres Pérez.
Amparo en revisión 54/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 8 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Chávez Priego. Secretaria: María de la Paz Flores Berruecos.
Nota: Por ejecutoria de fecha 19 de agosto de 2005, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 81/2005-SS en que participó el presente criterio.