III.T.46 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
RELACIÓN LABORAL. SU NEGATIVA LISA Y LLANA CONSTITUYE UNA DEFENSA Y NO UNA EXCEPCIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Agosto de 1998; Pág. 903
Las defensas, en sentido estricto, consisten en las expresiones vertidas por la parte demandada en el conflicto laboral y que se patentiza básicamente con la negación de los hechos en que el actor funda sus pretensiones; en cambio, las excepciones se presentan cuando el demandado al controvertir los hechos opone otros nuevos con el propósito de destruir aquellos en que se basa la reclamación; luego entonces, la negativa lisa y llana de la relación laboral, en la medida en que importa la negación de los hechos que pudieran derivarse de ese vínculo contractual, constituye una defensa y no una excepción, motivo por el cual resultan inaplicables las disposiciones que regulan esta última.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 756/97. Cristina Tadeo Vizcarra. 24 de junio de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: Miguel Ángel Rodríguez Torres.