IX.1o.10 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO Y LEY FEDERAL DEL TRABAJO. CUÁL DEBE APLICARSE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Julio de 1998; Pág. 348
Las cláusulas de un contrato colectivo de trabajo, son aplicables para determinar una prestación laboral, cuando conforme a ellas, el beneficio que recibe el trabajador es mayor al que obtendría si se aplicara la Ley Federal del Trabajo, pero de ninguna manera cuando la aplicación de las cláusulas del contrato colectivo, traigan como consecuencia que el trabajador reciba menos de lo que conforme a la ley le correspondería.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 166/98. Gilberto Fuentes Infante. 14 de mayo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Roberto M. Cordero Carrera.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 66, Primera Parte, página 65, tesis de rubro: "
TRABAJADORES, PRESTACIONES A LOS. ILIMITACIÓN
.".