X.3o.6 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
FRAUDE EQUIPARADO. ORDEN DE APREHENSIÓN ILEGAL (ARTÍCULO 191, FRACCIÓN I DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE TABASCO).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Julio de 1998; Pág. 357
Si se trata de ubicar la conducta de la activo en la fracción I del artículo 191 del Código Penal del Estado y, en el caso, lo que realizó fue una donación gratuita del inmueble que se le embargó en un juicio ejecutivo mercantil, la orden de aprehensión de que se trata resulta ilegal, porque esa fracción se refiere a quien por título oneroso enajena una cosa con conocimiento de que no tiene derecho a disponer de ella.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 42/98. Concepción Soberano Almeida. 30 de abril de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Leonardo Rodríguez Bastar. Secretario: Héctor Ruiz Elvira.