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III.1o.C.79 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

SUSPENSIÓN DE PAGOS. PROHIBICIÓN EXPRESA AL DEUDOR DE HACER PAGO ALGUNO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Julio de 1998; Pág. 399

Precedentes

Amparo directo 297/98. Banco Mexicano, S.A. 26 de marzo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arturo González Zárate. Secretaria: Claudia Delgadillo Villarreal. Amparo directo 1497/97. Viajes Vikingo, S.A. de C.V. 13 de noviembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arturo González Zárate. Secretaria: Bertha Edith Quiles Arias. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo X, septiembre de 1992, tesis I.3o.C.485 C, página 385, de rubro: " SUSPENSIÓN DE PAGOS, PROCEDIMIENTOS DIVERSOS QUE PUEDEN SUSPENDERSE DURANTE LA TRAMITACIÓN DE LA .". Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 78/98-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 21/2000, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, octubre de 2000, página 202, con el rubro: " SUSPENSIÓN DE PAGOS. PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN EJERCIDA POR EL ACREEDOR, CON MOTIVO DE UN CRÉDITO CON GARANTÍA REAL, AUN CUANDO SE HAYA PRESENTADO LA DEMANDA RESPECTIVA, CON POSTERIORIDAD A LA FECHA EN QUE SE DECRETÓ AQUÉLLA EN FAVOR DEL DEUDOR ."

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