I.4o.A.289 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. EL CONTRIBUYENTE ASOCIADO NO ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Julio de 1998; Pág. 349
El contribuyente asociado en un contrato de asociación en participación no se encuentra obligado a presentar declaración anual, pues aun cuando los contribuyentes del régimen simplificado se encuentran constreñidos a llevar contabilidad cuando forman parte de aquel contrato, ello no quiere decir que para cumplir con sus obligaciones fiscales, deban presentar declaración de impuestos, salvo los casos en que obtengan "además de sus ingresos derivados por actividades empresariales, otros ingresos como salarios, honorarios o arrendamiento de inmuebles", el asociante será quien cumpla por sí y por cuenta de los asociados las obligaciones fiscales, lo anterior de conformidad con la regla V punto primero de la Resolución que otorga facilidades administrativas a los sectores de contribuyentes.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 4404/97. Administradora Local Jurídica de Ingresos del Centro del Distrito Federal (Lucila Herrera Gutiérrez). 4 de febrero de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Secretaria: Ma. Ernestina Delgadillo Villegas.