II.2o.C.97 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRAVENTA SUJETA A CONDICIÓN SUSPENSIVA. CONSECUENCIAS DE SU INCUMPLIMIENTO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Junio de 1998; Pág. 616
Todo contrato de arrendamiento tiene como fin primordial conceder el uso del bien relativo mediante el pago de las pensiones mensuales que se convengan. Por tanto, si en un acuerdo de voluntades de esa naturaleza se pacta una promesa de venta y ésta queda supeditada al cumplimiento de determinadas condiciones, como que la arrendataria al concluir dicho convenio esté al corriente en el pago de las rentas y acepte en definitiva la opción a compra, es evidente que en principio debe demostrar que ha satisfecho su obligación de cubrir tales pensiones puntualmente, pues en caso contrario no se actualiza jurídicamente dicha opción de promesa de venta, y por consecuencia, el contrato de arrendamiento no puede convertirse en otro si se incumplen los requisitos de la referida opción de compraventa.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1439/97. Ana María Cisneros Huerta. 6 de mayo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Virgilio A. Solorio Campos. Secretario: Faustino García Astudillo.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 217-228, Séptima Parte, página 49, tesis de rubro: "
ARRENDAMIENTO, CONTRATO DE. CASO EN QUE NO SE TRANSFORMA EN COMPRAVENTA
.".