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2a./J. 26/98 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común, Constitucional

LEYES AUTOAPLICATIVAS. EL PLAZO DE TREINTA DÍAS PARA PROMOVER EL AMPARO INICIA DESDE LAS CERO HORAS DEL MISMO DÍA EN QUE ENTRAN EN VIGOR.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Mayo de 1998; Pág. 461

Precedentes

Amparo en revisión 103/98. Cirpro de Delicias, S.A. de C.V. 20 de febrero de 1998. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Rosalba Becerril Velázquez. Amparo en revisión 105/98. Delphi Sistemas de Energía, S.A. de C.V. antes Dr. de Chihuahua, S.A. de C.V. 20 de febrero de 1998. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Rosalba Becerril Velázquez. Amparo en revisión 223/98. Servicios Ford Credit, S.A. de C.V. 20 de marzo de 1998. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Clementina Flores Suárez. Amparo en revisión 3693/97. Buenaventura Autopartes, S.A. de C.V. 27 de marzo de 1998. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Edgar Humberto Muñoz Grajales. Amparo en revisión 310/98. Berol, S.A. de C.V. 27 de marzo de 1998. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Edgar Humberto Muñoz Grajales. Tesis de jurisprudencia 26/98. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diecisiete de abril de mil novecientos noventa y ocho.