VI.2o.170 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
SALUD, DELITO CONTRA LA. EVIDENCIAS DE LA FINALIDAD CUANDO SE POSEE EL NARCÓTICO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Febrero de 1998; Pág. 546
Cuando al inculpado se le detecta la posesión de un narcótico al practicársele la revisión administrativa previa a su ingreso a un centro penitenciario al que acudió para visitar a un recluso, es evidente, la configuración del ilícito previsto en el artículo
195 del Código Penal Federal
, en virtud de que la finalidad, en ese supuesto, de la posesión del estupefaciente es la de proporcionarlo a uno de los internos en el referido reclusorio, máxime si el indiciado aceptó ante el Ministerio Público dicha finalidad.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 70/97. Miguel Ángel Amador Vivaldo. 19 de febrero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Meza Alarcón. Secretario: Héctor Enrique Hernández Torres.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo I, abril de 1995, tesis III.1o.P.1 P, página 187, de rubro: "
SALUD, DELITO CONTRA LA. TENTATIVA DE SUMINISTRO Y NO POSESIÓN
.".