P. XI/98 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
EMBARGO PRECAUTORIO, LA SOLA MENCIÓN EN LA ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA DEL ARTÍCULO 103 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL, QUE CONTEMPLA ESA MEDIDA CONSTITUYE, PARA EFECTOS DEL AMPARO, UN ACTO DE APLICACIÓN DE DICHO NUMERAL.
[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Febrero de 1998; Pág. 44
La cita del artículo 103 del Código Financiero del Distrito Federal, que previene el embargo precautorio en la orden de visita domiciliaria, basta para estimar, para efectos de la procedencia del juicio de amparo, que sí se aplicó al quejoso dicho precepto, pues es incontrovertible que toda orden de visita afecta a quien la recibe, en virtud de las facultades que se le confieren a la autoridad y de las obligaciones legales que, como consecuencia de ese ejercicio, se imponen al visitado; es decir, independientemente de cuál pueda ser el resultado de una visita, es innegable que su realización se sustenta en los preceptos legales que se invoquen en la orden correspondiente y, por ende, tal orden viene a ser el acto de aplicación del referido dispositivo legal, en perjuicio de la peticionaria, al facultar a los visitadores para que practiquen el embargo precautorio, aun cuando éste no se lleve a cabo en esa ocasión, dado que, en todo caso, la realización del embargo con posterioridad, constituirá un acto de ejecución de la orden de visita y la sola cita del numeral su acto de aplicación.
Precedentes
Amparo en revisión 2742/96. DHL Internacional de México, S.A. de C.V. 27 de enero de 1998. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Humberto Román Palacios y Juventino V. Castro y Castro. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Jorge Alberto González Álvarez.
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el dieciséis de febrero en curso, aprobó, con el número XI/1998, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a dieciséis de febrero de mil novecientos noventa y ocho.