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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/196872

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 17 de enero de 2013, el Pleno declaró inexistente la contradicción de tesis 479/2011 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

XV.1o. 10 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
196872
Clave de tesis
XV.1o. 10 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Febrero de 1998; Pág. 473

AMPARO INDIRECTO, EN CONTRA DE LAS RESOLUCIONES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO, QUE DESTITUYEN A UN FUNCIONARIO, PROCEDE EL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Febrero de 1998; Pág. 473

Precedentes

Amparo en revisión 587/97. Presidente del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California. 5 de noviembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Molina Torres. Secretaria: Oralia Barba Ramírez. Nota: Por ejecutoria del 17 de enero de 2013, el Pleno declaró inexistente la contradicción de tesis 479/2011 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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