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2a. CLVI/97Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

MINISTERIO PÚBLICO. SU PEDIMENTO DEBE EXAMINARSE PREFERENTEMENTE SI PLANTEA CUESTIONES DE ORDEN PÚBLICO.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Enero de 1998; Pág. 420

Precedentes

Amparo en revisión 1883/97. Verónica Sánchez Nava. 5 de septiembre de 1997. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Alejandro Sánchez López. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo I, Primera Parte-1, página 322, tesis de rubro: " MINISTERIO PÚBLICO, PEDIMENTO DEL. DEBE EXAMINARSE PREFERENTEMENTE SI PLANTEA CUESTIONES DE ORDEN PÚBLICO ."

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