III.T. J/19Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
EMPLAZAMIENTO, CERCIORAMIENTO DEFICIENTE DEL DOMICILIO DEL DEMANDADO.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Enero de 1998; Pág. 982
No es bastante el cercioramiento que efectúa el actuario acerca de que el domicilio en que practica el emplazamiento es el del demandado, si tal constatación la realiza apoyándose en que ese es el que proporcionó el actor y porque tiene a la vista la nomenclatura y número exterior visible de la finca en que actúa, puesto que, para ese fin, es necesario que, con los atributos propios de su autoridad, se asegure mediante otros datos que tenga a su alcance, de la efectividad de la designación del domicilio de que se trata, esto es, debe cerciorarse que a quien pretende llamar a juicio, habita, trabaja o tiene su domicilio en la casa o local señalado en autos para hacer la notificación; por tanto, si el emplazamiento adolece de los requisitos formales mencionados, resulta ilegal.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 34/94. Autotransportaciones Aeropuerto, S.A. de C.V. 26 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretario: Omar Espinoza Hoyo.
Amparo en revisión 84/94. Graciela García Macías. 29 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretario: Omar Espinoza Hoyo.
Amparo en revisión 101/95. Alfredo Aguayo López. 24 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Miguel Ángel Regalado Zamora.
Amparo en revisión 6/96. Transmex USA de México, S.A. de C.V. 14 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Jesús Rafael Aragón.
Amparo en revisión 53/97. Organización de Diversiones Vallarta, S.A. de C.V. 27 de noviembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: Miguel Ángel Rodríguez Torres.