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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/197117

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 11 de abril de 2018, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 369/2017 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

IV.3o.19 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
197117
Clave de tesis
IV.3o.19 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Enero de 1998; Pág. 1101

FLAGRANCIA. PORTACIÓN ILEGAL DE ARMA DE FUEGO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Enero de 1998; Pág. 1101

Precedentes

Amparo en revisión 453/96. Gumercindo Arias Ramírez. 3 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretario: Ángel Torres Zamarrón. Nota: Por ejecutoria del 11 de abril de 2018, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 369/2017 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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