XXI.1o.38 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
AGRARIO. INCUMPLIMIENTO DE CONVENIO PACTADO POR LAS PARTES. AUXILIO DE PERITOS PARA DETERMINAR SU CORRECTA EJECUCIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Enero de 1998; Pág. 1051
Si del examen de las constancias de autos se advierte que la autoridad responsable, Tribunal Unitario Agrario, para determinar que el convenio celebrado entre las partes sobre reparto de tierras, aprobado en forma definitiva por resolución judicial, se basó únicamente en la ejecución llevada a cabo por el funcionario correspondiente adscrito a la propia responsable, sin tomar en cuenta la discrepancia existente en los dictámenes periciales que obran en los propios autos, es innegable que llevó a cabo una ejecución indebida del convenio de referencia, por lo que debe ordenarse nuevamente su cumplimiento en los términos aprobados por los poblados en conflicto y, de ser necesario, se auxilie, la autoridad ejecutora, por peritos en topografía para efecto de determinar los límites, medidas y colindancias correspondientes.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 337/97. Comisariado de Bienes Comunales de Poza Verde y otros. 4 de septiembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: José Sánchez Moyaho. Secretaria: Casimira de la Cruz Juárez.