VII.1o.C. J/3 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Civil
INTERESES ORDINARIOS Y MORATORIOS EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. NO PUEDEN DEVENGARSE SIMULTÁNEAMENTE.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Noviembre de 1997; Pág. 359
De conformidad con lo dispuesto por los artículos
362 del Código de Comercio
,
152, fracción II y 174, párrafo segundo, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
, en relación con lo pactado en el documento ejecutivo base de la acción cambiaria deducida por el ejecutante, debe colegirse que los intereses moratorios que tiene que cubrir el obligado cambiario, se generan en virtud del incumplimiento en el pago del adeudo, computándose a partir del vencimiento de aquel documento hasta que se pague el débito; en cambio, los intereses ordinarios o normales se devengan a cargo del deudor durante el lapso comprendido desde la fecha de suscripción del documento en mención o disfrute del crédito, hasta el vencimiento de aquél, lo que implica que no puede conceptuarse que los indicados intereses ordinarios y moratorios se devenguen simultáneamente, esto es, que los primeros se sigan generando ya en la mora junto con los segundos, puesto que con esa pretensión se persigue un ilegal doble cobro de tales intereses, que riñe con el espíritu de los preceptos legales invocados.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 149/93. Banca Serfín, S.A. 31 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Ortiz Díaz. Secretario: Sergio Hernández Loyo.
Amparo en revisión 189/93. Mabel Santés Bernabé y otro. 12 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Adrián Avendaño Constantino. Secretario: Manuel García Valdés.
Amparo en revisión 261/93. José Guadalupe Riaño Santés y otra. 12 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Omar Losson Ovando. Secretario: Alberto Quinto Camacho.
Amparo directo 947/93. Adalberto Tejeda Patraca. 18 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Omar Losson Ovando. Secretario: Alberto Quinto Camacho.
Amparo directo 723/97. Rafael Blanco Aparicio, María de los Ángeles Guillaumin Croda de Blanco y Hostal del Tejar, S.A. de C.V. 11 de septiembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Ortiz Díaz. Secretario: Vicente Morales Cabrera.
Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la
contradicción de tesis 102/98
, resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 29/2000, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, noviembre de 2000, página 236, con el rubro: "
INTERESES ORDINARIOS Y MORATORIOS EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. COEXISTEN Y PUEDEN DEVENGARSE SIMULTÁNEAMENTE
."