I.1o.T. J/30Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
SALARIO, EL AUTOMÓVIL NO FORMA PARTE DEL.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Noviembre de 1997; Pág. 440
Cuando el automóvil se le entrega al trabajador para su uso personal, se entiende que se le proporciona como un instrumento de trabajo para que con mayor eficacia desempeñe sus labores, por lo que en estas condiciones no es parte integrante del salario.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 3301/92. José de Jesús Chávez Camarena. 23 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: Ma. Guadalupe Villegas Gómez.
Amparo directo 12491/95. Juan Manuel Pérez Gil Chanona. 18 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Ángel Salazar Torres.
Amparo directo 10281/96. Isaías Hernández Ochoa. 24 de octubre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: Teresa Sánchez Medellín.
Amparo directo 5281/97. Augusto Bobadilla García. 22 de mayo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Ángel Salazar Torres.
Amparo directo 8901/97. Rocío Álvarez Calleja. 11 de septiembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretaria: Alma Estela Flores Martínez.