I.5o.T.114 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
DEMANDA LABORAL. SU ENDEREZAMIENTO EN CONTRA DE DIVERSO TERCERO. OPORTUNIDAD PARA EFECTUARLO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Octubre de 1997; Pág. 739
Si el actor promueve que su demanda sea enderezada en contra de diverso tercero, sin que se haya cerrado o siquiera celebrado la audiencia de demanda y excepciones, la Junta debe acceder a tal petición, pues si bien es cierto que la Ley Federal del Trabajo no establece precepto alguno al respecto, en cambio es de considerarse que la solicitud de referencia se encuentra dentro del lapso legal para hacerlo, en tanto no haya sido superada aquella etapa procesal.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 305/97. Esmelda Camargo Soto y otros. 23 de abril de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretaria: Rosa María López Rodríguez.