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III.1o.C.61 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

EMPLAZAMIENTO. CONCEPTO DE DOMICILIO DONDE DEBE PRACTICARSE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Octubre de 1997; Pág. 744

Precedentes

Amparo en revisión 571/97. Luis Humberto Navarro Sánchez. 19 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arturo González Zárate. Secretario: Arturo García Aldaz. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI-Agosto, tesis III.1o.C.57 C, página 714, de rubro: " DOMICILIO CONVENCIONAL. SU SIGNIFICADO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO) .". Nota: Por ejecutoria de fecha 27 de febrero de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 108/2007-PS en que participó el presente criterio.

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