P./J. 62/97Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
BEBIDAS ALCOHÓLICAS. LOS PROMOVENTES CON PERMISO PROVISIONAL PARA FUNCIONAR TENÍAN INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR EN LA VÍA DE AMPARO LA LEY QUE REGLAMENTA SU VENTA, DISTRIBUCIÓN Y CONSUMO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TABASCO, VIGENTE A PARTIR DEL 11 DE FEBRERO DE 1996).
[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Septiembre de 1997; Pág. 66
Los promoventes que se encontraban funcionando con permisos provisionales, por estar en trámite de revalidación su licencia, tenían interés jurídico para reclamar en amparo la ley citada, pues aun cuando en la fecha de presentación de la demanda de garantías únicamente contaban con dichos permisos y la autoridad administrativa no había resuelto en definitiva sobre la revalidación solicitada, la decisión en uno u otro sentido, respecto de dicho trámite, sólo podría efectuarse conforme a lo dispuesto en el ordenamiento impugnado, porque éste se encontraba en vigor desde el once de febrero de mil novecientos noventa y seis, de tal manera que aun cuando la autoridad contara con un plazo de sesenta días para dar respuesta a los solicitantes de la revalidación, tal circunstancia no podría traducirse en una falta de interés jurídico de los quejosos para promover la demanda de garantías, incluso antes de que hubiera fenecido ese lapso, ya que en el supuesto examinado los agraviados habrían contado con autorización al momento en que entró en vigor la ley.
Precedentes
Amparo en revisión 2667/96. Controladora de Negocios Comerciales, S.A. de C.V. y otros. 30 de junio de 1997. Once votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Maura Angélica Sanabria Martínez.
Amparo en revisión 196/97. Controladora de Negocios Comerciales, S.A. de C.V. y otros. 30 de junio de 1997. Once votos. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Guillermo Campos Osorio.
Amparo en revisión 2784/96. Victoria Ulin Domínguez. 30 de junio de 1997. Once votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Guadalupe Robles Denetro.
Amparo en revisión 2853/96. Comercializadora Usumacinta, S.A. de C.V. y otros. 30 de junio de 1997. Once votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: María Guadalupe Saucedo Zavala.
Amparo en revisión 2874/96. Don Gato y su Pandilla, S.A. de C.V. 30 de junio de 1997. Once votos. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Teódulo Ángeles Espino.
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veinticinco de agosto en curso, aprobó, con el número 62/1997, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veinticinco de agosto de mil novecientos noventa y siete.