2a. LXXXV/97Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral
COMPETENCIA LABORAL. SE SURTE EN FAVOR DE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE CUANDO SE DEMANDA A SOCIEDADES CUYO OBJETO ES LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE AGUA TRATADA, ENVASADA PARA SU CONSUMO.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 214
Si se toma en consideración que por "elaborar" debe entenderse preparar un producto por medio de un trabajo adecuado, cuando la prestación del servicio de agua se efectúa previo tratamiento y además se envasa para su consumo, o se encuentra destinada para ello, se actualiza el supuesto previsto en el
subinciso 17, inciso a), de la fracción XXXI del apartado A del artículo 123 constitucional
y, por ende, se surte la competencia de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Precedentes
Competencia 224/97. Suscitada entre la Junta Especial Número Siete de la Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en ciudad Reynosa, y la Junta Especial Número Treinta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, residente en Ciudad Victoria, ambas en el Estado de Tamaulipas. 20 de junio de 1997. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, en ausencia de él, hizo suyo el proyecto el Ministro Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Enrique Zayas Roldán.