I.7o.T.54 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
ACTAS ADMINISTRATIVAS. RATIFICACIÓN POR MEDIO DE EXHORTO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 647
Si los ratificantes de las actas administrativas radican fuera del lugar de residencia de la Junta, ésta debe poner a disposición del actor copia del escrito de preguntas formuladas a los referidos ratificantes y otorgarle el término de tres días para que exhiba el pliego de repreguntas respectivo, acorde con lo establecido por el artículo
813, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo
, aplicable conforme a lo dispuesto en el artículo
17
, que establece que a falta de disposición expresa en el ordenamiento en cita, se tomarán en consideración disposiciones que regulen casos semejantes, pues de no hacerlo incurre en violación al procedimiento.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 6867/97. Bernardo Esparza Rodríguez. 19 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: María Yolanda Múgica García. Secretario: Antonio Hernández Meza.