III.1o.A.46 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
CLAUSURA DE GIRO MERCANTIL, NEGATIVA DE LA. NO SE DESVIRTÚA CON LA SOLICITUD DE PRÓRROGA DEL GIRO RESPECTIVO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 685
La solicitud de prórroga del plazo que se concedió para reubicar un giro comercial no demuestra la certeza del acto reclamado que se hace consistir en la orden de clausura, pues la solicitud únicamente evidencia que tal petición fue elevada a la autoridad respectiva y, en su caso, no contestada.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 85/97. Distribuidora Artex, S.A. de C.V. 30 de abril de 1997. Mayoría de votos. Disidente: Rogelio Camarena Cortés. Ponente: Guillermo David Vázquez Ortiz. Secretaria: Eunice Sayuri Shibya Soto.