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II.2o.C.62 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

DIVORCIO. SUPLENCIA DE LA QUEJA. EL JUEZ RESPONSABLE PUEDE HACERLA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 712

Precedentes

Amparo directo 522/97. Norma Silvia Ayanegui Suárez de Ibáñez. 25 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretaria: E. Laura Rojas Vargas.