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XX.1o.149 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

HEREDEROS AB INTESTATO, DECLARATORIA DE. PARA LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE GARANTÍAS DEBE AGOTARSE ANTES EL RECURSO DE APELACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 733

Precedentes

Amparo en revisión 430/96. Carlos Rodolfo Soto Monzón. 27 de febrero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Gopar Aragón. Secretario: Ronay de Jesús Estrada Solís.