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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 25 de abril de 2012, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 6/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

VI.2o.104 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
198176
Clave de tesis
VI.2o.104 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 820

SUPLENCIA EN JUICIO AGRARIO. NO IMPLICA HACER DECLARATORIA SOBRE LA PROCEDENCIA DE ACCIONES NO EJERCITADAS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 820

Precedentes

Amparo directo 362/97. Eustaquia Francisca Reyes Rosas. 11 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Meza Alarcón. Secretario: Héctor Enrique Hernández Torres. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XII-Octubre, tesis XXIII.1 A, página 471, de rubro: " QUEJA DEFICIENTE. ALCANCES DE SU SUPLENCIA CONFORME A LA LEY AGRARIA. ". Nota: Por ejecutoria del 25 de abril de 2012, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 6/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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