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VI.3o.19 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

VACACIONES. EL RECONOCIMIENTO DE SU PAGO NO IMPLICA EL DE LA PRIMA VACACIONAL CORRESPONDIENTE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 837

Precedentes

Amparo directo 138/97. Cía. Textil Tasa, S.A. de C.V. 12 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Norma Fiallega Sánchez. Secretario: José Manuel Torres Pérez.

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