VI.2o.88 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
EMPLAZAMIENTO EN JUICIO LABORAL, VALIDEZ DEL. NO ES REQUISITO REALIZARLO CON EL REPRESENTANTE LEGAL CUANDO EL DEMANDADO ES UNA PERSONA FÍSICA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Junio de 1997; Pág. 749
Es incorrecto estimar que para la validez del emplazamiento en un juicio laboral en el que el demandado es una persona física, el actuario deba requerir la presencia del representante legal de dicho demandado, pues tal requisito sólo es exigible tratándose de personas morales demandadas, atento lo dispuesto por el artículo
743, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo
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SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 157/97. Bertha Chávez Martínez. 2 de abril de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Gonzalo Carrera Molina.