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I.1o.T.14 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

SÍNDICO DE LA QUIEBRA. CUÁNDO PUEDE SER QUEJOSO EN EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Abril de 1997; Pág. 286

Precedentes

Amparo en revisión 511/96. Cámara Nacional de Comercio del Distrito Federal, Síndico de la Quiebra de Intergerl, S.A. de C.V. 8 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García.

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