XIX.2o.22 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
EMPLAZAMIENTO. LA SIMPLE AFIRMACIÓN DEL ACTUARIO DE HABER ENTENDIDO LA DILIGENCIA CON EL INTERESADO, ES POR SÍ SOLA INEFICAZ PARA OTORGARLE VALIDEZ.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Abril de 1997; Pág. 237
La mera afirmación asentada por el actuario en el acta de notificación, en el sentido de que entendió la diligencia con el propio interesado, apuntando únicamente "quien es del conocimiento personal del suscrito", sin mencionar por qué lo conoce, la media filiación de éste o algún otro dato con el que pudiera llegarse a la convicción de que efectivamente practicó la diligencia con tal persona, es por sí sola ineficaz para ello, por lo que de aceptarse como condición determinante para otorgar validez a los emplazamientos, la circunstancia de que los actuarios en forma dogmática manifiesten que conocen en forma personal al sujeto a quien se manda notificar, implicaría otorgarle facultades absolutas para legitimar por sí y ante sí tales diligencias que, por su naturaleza, son de especial importancia en los juicios, pues de su debido cumplimiento depende la posibilidad de defensa del demandado y, por ende, el cumplimiento efectivo de las garantías de seguridad jurídica y audiencia consagradas en la Ley Suprema de la República.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 131/96. Luis Guajardo Pérez. 19 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Terrazas Salgado. Secretario: Rubén González Zamora.