XX.30 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
CERTIFICADO DE DERECHOS AGRARIOS. SE EQUIPARA A UN TITULO DE PROPIEDAD.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Marzo de 1997; Pág. 781
El certificado agrario expedido por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos se equipara a un título de propiedad, y conforme a lo establecido en los artículos
14 y 76 de la Ley Agraria en vigor
, a su propietario le da el derecho al uso y disfrute de la parcela que ampara, así como al aprovechamiento de la misma.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 57/96. Hilario Villalobos Victorio. 14 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Avendaño. Secretario: Noé Gutiérrez Díaz.