I.4o.A.185 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
CONCESION DE RADIO. LA PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL RESULTADO FAVORABLE DE LOS ESTUDIOS TECNICOS, FIJA EL MOMENTO EN QUE SE INICIA EL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Marzo de 1997; Pág. 783
La posibilidad de obtener una concesión en virtud de una opinión favorable solicitada por el particular a la autoridad, sólo constituye un trámite administrativo, que tendrá el carácter de procedimiento hasta que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación y será hasta este momento cuando los interesados puedan competir con el solicitante para la obtención de la concesión, y si esto sucede a la luz de la ley reformada, se debe aplicar la ley vigente, toda vez que el
párrafo segundo del artículo 5o. transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones
establece el caso de excepción, al señalar que sólo en el supuesto de que el resultado de los estudios técnicos hubiese sido favorable y que éste se haya publicado en el Diario Oficial de la Federación, será este el caso en que se deberán aplicar las disposiciones anteriores, de tal manera que si en el asunto no se hizo tal publicación, es incuestionable que la ley aplicable será la vigente, por lo que si la autoridad se estuvo a lo que señala el precepto en cita para determinar el procedimiento de la revisión, tal solicitud del quejoso se deberá ajustar a las nuevas disposiciones.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 2074/96. Nahum Mendoza López. 14 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretario: Raúl García Ramos.