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XIV.2o.15 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

INTERES JURIDICO. LO TIENEN LOS PROPIETARIOS DE GIROS PARA CUYO FUNCIONAMIENTO EL REGLAMENTO RESPECTIVO ESTABLECE COMO REQUISITO GUARDAR CIERTA DISTANCIA ENTRE LOS NEGOCIOS RESPECTIVOS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Marzo de 1997; Pág. 814

Precedentes

Amparo directo 580/96. Manuel Valencia Peniche. 9 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Raquel Aldama Vega. Secretario: Gabriel A. Ayala Quiñones.

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