XIX.2o.17 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
SINDICATO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS AYUNTAMIENTOS, CANCELACION DEL REGISTRO DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Marzo de 1997; Pág. 850
El paro de labores de los empleados de los Sindicatos de los Trabajadores al Servicio de los Ayuntamientos declarado ilegal por la autoridad laboral, que mantiene paralizada la prestación de los servicios públicos, pretendiendo con ello la celebración de un contrato colectivo de trabajo, debe ser considerado como una coacción, cuya sanción se encuentra prevista por el artículo 242, fracción VI, en relación con el 246 del código municipal local, y consiste en la cancelación del registro; de ahí que la resolución que impone esa medida no infringe los derechos fundamentales de los quejosos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 544/95. Mauro Quiroz González y otros. 25 de septiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Terrazas Salgado. Secretario: Rubén González Zamora.