I.3o.A.5 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
DEMANDA DE GARANTIAS, ACLARACION DE LA. EFECTOS DE LA OMISION DE ACOMPAÑAR COPIAS DE TRASLADO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Febrero de 1997; Pág. 728
Si la Juez de Distrito requirió al quejoso la aclaración de la demanda de garantías, cumpliendo éste con el requerimiento en tiempo y forma, en cuanto a lo sustancial (nombre de la persona moral que ejercitaba la acción constitucional), pero sin anexar copias de tal ocurso, resulta injusto que por la omisión de una formalidad secundaria o externa, se prive al amparista del derecho de promover su acción al desecharse su demanda. A esta conclusión se llega por dos razones. La primera, relativa a la trascendencia jurídica del requerimiento de aclaración, que una vez desahogado, permite al juzgador integrar correctamente el expediente respectivo, al contar con el nombre preciso del peticionario; situación diametralmente opuesta a la falta de copias del escrito explicativo, puesto que esta omisión se enmienda al correrse traslado a las partes con el auto que recaiga al documento por el cual se perfeccionó la demanda de amparo. La segunda, referida a la importancia del escrito de aclaración. En este sentido, si se consideró la imperiosa necesidad de que las partes conocieran el ocurso, previo al desechamiento de la instancia debió prevenirse al agraviado para que exhibiera las copias faltantes.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 1573/96. Alliedsignal Aerospace de México, S.A. 13 de junio de 1996. Mayoría de votos. Ponente: Fernando Lanz Cárdenas. Disidente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Lourdes Margarita García Galicia.
Véase:
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, Materia Común, tesis 543, pág. 360
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