I.4o.P.8 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
DERECHOS DE AUTOR. LA FRACCION II DEL ARTICULO 135 DE LA LEY DE LA MATERIA CONTIENE UN SOLO TIPO PENAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Febrero de 1997; Pág. 730
No existe razón para determinar que la
fracción II del artículo 135 de la Ley Federal de Derechos de Autor
, contiene dos tipos penales; en primer lugar, porque de su interpretación textual se desprende que sus dos enunciados se complementan gramatical y lógicamente; en segundo, porque de tratarse de dos delitos, la segunda parte sería reiterativa del tipo penal a que se refiere la fracción I del mismo artículo; en tercer término, porque la finalidad del legislador fue que dicho supuesto constituyera un solo tipo penal, al utilizar la conjunción "y" y no la disyuntiva "o", como lo hace en la fracción III; además, al haber aumentado el legislador, a la lista de sujetos activos, editor y grabador, la calidad de "productor", es evidente que sólo quiso señalar en forma casuista las tres calidades distintas de sujetos activos, que pueden desplegar el delito a través de las conductas que les son propias respectivamente, que son editar, grabar y producir, así como a través de las conductas genéricas de "explotar" o "utilizar", en todos los casos, con fines de lucro, una obra protegida, sin autorización del titular del derecho de autor o de los derechos patrimoniales.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 984/96. Raúl Rolando Fernández López y otro. 13 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Hernández Reyes. Secretaria: Beatriz Moguel Ancheyta.