I.5o.T.95 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
ENFERMEDADES DE TRABAJO. PUEDEN MANIFESTARSE AUN DESPUES DE CONCLUIDO EL VINCULO LABORAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Febrero de 1997; Pág. 739
Resulta intrascendente pretender que el actor acredite estar en funciones para demostrar el riesgo con motivo del ambiente de trabajo, pues aun estimando que el empleado haya concluido el nexo con antelación a la calificación del padecimiento, ello no significa la imposibilidad de sufrir las molestias o consecuencias derivadas de la actividad prestada, pues aquéllas pueden ocurrir con el tiempo, como resultado de la relación causa-efecto con el lugar en que se desarrolló la faena.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 11505/96. Instituto Mexicano del Seguro Social. 5 de diciembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: José Francisco Cilia López.