I.5o.T.97 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
RELACION LABORAL. ACTOS DE ADMINISTRACION O DIRECCION. QUIEN LOS DESEMPEÑA NO ES EL RESPONSABLE DEL VINCULO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Febrero de 1997; Pág. 788
Cuando a un individuo se le atribuye la ejecución de actos de dirección o administración, ello no puede significar que por eso sea el responsable de la relación laboral, ya que la misma sólo debe entenderse constituida con la entidad moral, mas no con quienes la conforman y, por ende, la autoridad laboral no causa perjuicio al impetrante al absolver al codemandado físico.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 11995/96. María Eugenia Salazar García. 9 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez.