I.3o.A. J/17 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
DIRECCION DE RESPONSABILIDADES Y SANCIONES DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL. CARECE DE EXISTENCIA LEGAL.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Enero de 1997; Pág. 264
Conforme al artículo
15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
, todo jefe de departamento administrativo se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones, por los funcionarios que establezca el reglamento interior respectivo, así como por los demás servidores públicos que establezcan otras disposiciones legales aplicables. Tratándose del Departamento del Distrito Federal, el artículo 2o. de su Reglamento Interior, vigente hasta el 15 de septiembre de 1995, establece las unidades administrativas, áreas y órganos desconcentrados que integran dicha entidad, en tanto que los restantes artículos del propio ordenamiento se refieren a sus facultades. Ahora bien, de la lectura del dispositivo mencionado, no se advierte la existencia de la Dirección de Responsabilidades y Sanciones de la Contraloría del Departamento del Distrito Federal. Esta omisión no se suple con el hecho de que tal dispositivo contemple a la Contraloría General, puesto que dicha entidad tiene perfectamente delimitadas sus atribuciones, que en modo alguno pueden equipararse a las desarrolladas por la Dirección en estudio. Tampoco puede estimarse que las facultades de la Dirección de Responsabilidades tienen sustento en el artículo 12 de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, que establece la posibilidad que tienen diversos funcionarios del Departamento para delegar atribuciones en otros, puesto que la delegación implica, necesariamente, la existencia previa del órgano al cual se le va a delegar la atribución. Así las cosas, la Dirección de Responsabilidades y Sanciones es una autoridad inexistente jurídicamente.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 1563/95. Evaristo Antonio Salazar (Recurrente: Jefe del Departamento del Distrito Federal). 24 de agosto de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Alfredo Soto Villaseñor. Secretaria: Andrea Zambrana Castañeda.
Revisión fiscal 1613/95. Martín Ortega Mondragón (Recurrente: Director de Responsabilidades y Sanciones de la Contraloría General del Departamento del Distrito Federal). 24 de agosto de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Lanz Cárdenas. Secretaria: Lourdes Margarita García Galicia.
Revisión fiscal 1583/95. Víctor Manuel Requena de la Fuente (Recurrente: Director General de Servicios Legales del Departamento del Distrito Federal). 7 de septiembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Jesús García Vilchis.
Revisión fiscal 2443/95. Araceli López García (Recurrente: Jefe del Departamento del Distrito Federal). 23 de noviembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Guadalupe Margarita Ortiz Blanco.
Revisión fiscal 3053/95. Ignacio Becerra Ortega (Recurrente: Jefe del Departamento del Distrito Federal). 25 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Guadalupe Margarita Ortiz Blanco.
Notas:
Por ejecutoria de fecha 5 de marzo de 1999, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 41/98 en que participó el presente criterio.
Por ejecutoria de fecha 21 de junio de 2002, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 51/2002 en que participó el presente criterio.