XIV.2o.12 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
AUTORIDAD RESPONSABLE. NO LO ES EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO AL RESOLVER UN RECURSO DE REVERSION.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Enero de 1997; Pág. 434
No puede estimarse que la resolución dictada por el Instituto de Vivienda del Estado de Quintana Roo que declara procedente el recurso de reversión previsto por el artículo 27 de su Ley Orgánica, haya sido emitida con el carácter de autoridad responsable, toda vez que sólo constituye una consecuencia del incumplimiento de un contrato celebrado por la mencionada institución y el quejoso en un plano de coordinación con particulares, que carece de los atributos propios de un acto de autoridad, pues el organismo descentralizado que la emitió carece de las facultades de coercitividad e imperatividad que para hacer cumplir tal determinación, señala el artículo
11 de la Ley de Amparo
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SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 344/96. Adolfo Lubcke Flores. 16 de octubre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo V. Monroy Gómez. Secretaria: Maricela Bustos Jiménez.