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P. CXLVII/96Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

PRUEBAS EN EL AMPARO. NO PROCEDE REPONER EL PROCEDIMIENTO PARA RECABAR LAS COPIAS RELATIVAS SI YA OBRAN EN AUTOS LAS CONSTANCIAS NECESARIAS.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Diciembre de 1996; Pág. 112

Precedentes

Amparo en revisión 538/96. Rogelio Alberto Arroyo Macías y otro. 21 de octubre de 1996. Unanimidad de once votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Alejandra de León González. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el dieciocho de noviembre en curso, aprobó con el número CXLVII/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a dieciocho de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

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