I.5o.C.55 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS DE SOCIEDADES ANONIMAS, CONVOCATORIA PARA LAS. NO FORMAN PARTE DEL PLAZO QUE DEBE MEDIAR ENTRE UNA Y OTRA, EL DIA DE LA PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA NI EL DE LA CELEBRACION DE LA REUNION.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Diciembre de 1996; Pág. 368
El artículo
186 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
dispone que, en tratándose de sociedades anónimas, la convocatoria para la celebración de las asambleas generales debe hacerse mediante la publicación de un aviso en el periódico oficial de la entidad del domicilio de la sociedad, o en uno de los diarios de mayor circulación en dicho domicilio, con la anticipación que se fije en los estatutos, o en su defecto, quince días antes de la fecha señalada para la reunión. Por su parte, el artículo
84 del Código de Comercio
establece que en los contratos mercantiles no se reconocerán términos de gracia o cortesía, y en todos los cómputos de días, meses y años, se entenderán: el día de veinticuatro horas; los meses, según están designados en el calendario gregoriano, y el año, de trescientos sesenta y cinco días. Por tanto, si conforme a la primera disposición el aviso para la convocatoria debe hacerse previamente, es decir, antes de que se celebre la asamblea, de modo que los días en que surta efectos la publicación en el plazo correspondiente deben ser anteriores a la asamblea; y si de acuerdo con el segundo precepto, los días se entienden de veinticuatro horas; entonces, en el plazo de ocho días que, en términos de los estatutos de la sociedad enjuiciada, debe mediar entre la convocatoria y la asamblea, no pueden contarse los días de la publicación de la convocatoria ni de la celebración de la reunión, pues de otra manera se estarían infringiendo aquellas normas.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 5385/96. María de los Angeles Rodríguez Gómez. 17 de octubre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: José Nabor González Ruiz. Secretario: Antonio Rebollo Torres.