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II.1o.C.T.105 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

PAGARE. ES DE CARACTER NOMINATIVO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Diciembre de 1996; Pág. 427

Precedentes

Amparo directo 718/96. María de Jesús Rico Alcántara y Abel Sánchez González. 5 de septiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretaria: Gloria Burgos Ortega.

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