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P. CXLI/96 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común, Constitucional

REPETICION DEL ACTO RECLAMADO. NO SE CONFIGURA CUANDO LA AUTORIDAD LEGISLATIVA CREA UNA NORMA IGUAL O SEMEJANTE A LA DECLARADA INCONSTITUCIONAL.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Noviembre de 1996; Pág. 141

Precedentes

Incidente de inejecución 142/94. Porcelanite, S. A. de C. V. 10 de septiembre de 1996. Unanimidad de diez votos. Ausente: Juan N. Silva Meza. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Adriana Campuzano de Ortiz. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el siete de noviembre en curso, aprobó con el número CXLI/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a siete de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

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