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2a./J. 85/2012 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral
Registro digital (IUS)
2001584
Clave de tesis
2a./J. 85/2012 (10a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
10a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Laboral
Fuente
[J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 2; Pág. 647

AYUDA DE RENTA PREVISTA EN EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN PARA RECLAMAR EL PAGO DE SUS DIFERENCIAS EMPIEZA A PARTIR DE CADA QUINCENA DEVENGADA POR EL TRABAJADOR.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 2; Pág. 647

Precedentes

Contradicción de tesis 61/2012. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito y el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila. 6 de junio de 2012. Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Estela Jasso Figueroa. Tesis de jurisprudencia 85/2012 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del cuatro de julio de dos mil doce.

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