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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2001895

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 5 de marzo de 2019, el Pleno en Materia Civil del Primer Circuito declaró inexistente la contradicción de tesis 28/2018 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.8o.C.6 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil, Constitucional
Registro digital (IUS)
2001895
Clave de tesis
I.8o.C.6 C (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil, Constitucional
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2468

DERECHOS ADQUIRIDOS Y EXPECTATIVAS, EN RELACIÓN CON EL DERECHO DE ACCIÓN.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2468

Precedentes

Amparo en revisión 130/2012. José Alfredo Flores Hernández. 30 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Abraham S. Marcos Valdés. Secretaria: Rosa Elena Rojas Soto. Nota: Por ejecutoria del 5 de marzo de 2019, el Pleno en Materia Civil del Primer Circuito declaró inexistente la contradicción de tesis 28/2018 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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Registro digital (IUS): 2001895